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Poder notarial

TRAMITACIÓN DE PODERES

¿Dónde y cómo otorgarlos para que los mismos sean válidos en la República Argentina?

Las representaciones consulares argentinas cumplen funciones notariales. Esta competencia no es exclusiva de los Consulados sino compartida con los escribanos públicos (notarios) extranjeros. Los actos notariales otorgados ante escribanos públicos de España y Andorra tienen plena validez en la República Argentina siempre que reúnan todos los requisitos de forma exigidos por las leyes del lugar de su otorgamiento y cuenten con la correspondiente legalización de la Apostilla de La Haya.

IMPORTANTE: Se recomienda para los casos de los actos notariales otorgados ante un notario español o andorrano que el texto del documento se extienda en idioma español.

 

I.- ANTE NOTARIO (ESCRIBANO)

- Deberá concurrir al notario (escribano) en España o Andorra.

Si no conoce a ningún notario, podrá consultar en:

COLEGIO NOTARIAL DE CATALUÑA

COLEGIO NOTARIAL DE VALENCIA

COLEGIO NOTARIAL DE ARAGON

- El poder deberá contar con la Apostilla de La Haya para que pueda surtir efectos en Argentina.

 

 

 

Fecha de actualización: 07/05/2025