CIUDADANOS ARGENTINOS CON DOBLE NACIONALIDAD
El documento de identidad indicado por el interesado al momento de efectuar la solicitud debe ser original, válido y vigente de su país de origen.
En consecuencia, todo ciudadano argentino deberá tramitar su Certificado de Antecedentes Penales haciendo uso de su nacionalidad argentina, debiendo presentar documentación argentina original y vigente. No se dará curso a las solicitudes en las que ciudadanos argentinos se identifiquen con documentación correspondiente a otra nacionalidad.
EXTRANJEROS
Cualquier persona puede efectuar su solicitud de Certificado de Antecedentes Penales ante una oficina consular argentina, sea ciudadano argentino o extranjero, e independientemente de su lugar de residencia y si alguna vez residió en la República Argentina.
En el caso de los extranjeros, deberá presentarse documento válido y vigente, de acuerdo al siguiente detalle:
Extranjeros con nacionalidad de países miembros del MERCOSUR y Estados asociados: Documento de Identidad, Cédula de Identidad, Pasaporte.
Extranjeros con nacionalidad de países extra-MERCOSUR: Pasaporte.
En caso de que el extranjero que solicita su Certificado de Antecedentes Penales haya sido titular de un DNI argentino para extranjeros, no es necesario que sea dicho documento el que utilice para la solicitud, pudiendo presentar cualquier otro documento de su nacionalidad válido y vigente, y teniendo en cuenta lo indicado en el párrafo anterior. En cualquier caso, es imprescindible que el documento que se presente coincida con los datos indicados al momento de completar la solicitud.
MENORES DE EDAD
No se expiden Certificados de Antecedentes Penales (CAP) a menores de 16 años.
Si el solicitante tiene entre 16 y 18 años y no se encuentra emancipado, deberá concurrir acompañado de padre, madre o tutor -quien deberá presentar su DNI o pasaporte- y presentar Partida de Nacimiento, Libreta de Matrimonio o documento público por la que se acredite la tutela sobre el menor. Quien acompañe al menor deberá dejar por escrito su autorización en el Formulario de Solicitud.
Los menores emancipados no requieren autorización de los progenitores para realizar el CAP.
Consultas: penales_cbarc@cancilleria.gob.ar
Importante: No es necesario recurrir a los servicios de un gestor para ningún trámite que se realiza ante este Consulado General
