En el caso del Consulado General en Barcelona, podrán votar aquellos ciudadanos argentinos que hayan registrado su domicilio a más tardar en la fecha indicada, y que dicho domicilio corresponda a la jurisdicción del Consulado: Cataluña, Aragón, Comunidad Valenciana y Andorra.
Para confirmar si Ud. se encuentra habilitado para votar en el exterior, así como también la Sede y la mesa electoral en la que está inscripto, puede consultar el padrón electoral en el sitio www.padron.gob.ar.
Información importante:
- Los electores argentinos residentes en el exterior no están obligados a votar; su voto es voluntario.
- El único documento válido para poder votar es el DNI argentino con domicilio fuera del territorio de la República Argentina, en la jurisdicción consular correspondiente. El pasaporte NO es un documento que permita ejercer el derecho del voto.
- Para la elección de Senadores Nacionales y Diputados Nacionales, el elector vota a los representantes nacionales correspondientes al distrito donde tuvo el último domicilio registrado en el territorio argentino.
- Los electores argentinos residentes en el exterior emiten su voto con el sistema conocido como "boleta única".
Justificación de la no emisión del voto
Los ciudadanos argentinos que residan en el exterior pero aún tengan asentado su domicilio en la Argentina, o que efectuaron el trámite de cambio de domicilio con posterioridad al 25 de abril de 2017, estarán empadronados en la Argentina, y no podrán votar en el Consulado. Lo mismo ocurre con aquellos electores argentinos que se encuentren ocasionalmente en el exterior el día de los comicios.
En estos casos, el ciudadano deberá justificar la no emisión del voto, presentándose en el Consulado el día de las elecciones a fin de que se le extienda el certificado correspondiente. Este trámite también puede efectuarse presentándose en el Consulado, en el horario habitual de atención y dentro de los sesenta (60) días posteriores al día de las elecciones, acompañando la documentación que acredite que el día de la elección no se encontraba en la República Argentina. Tramitada la justificación de no emisión del voto ante el Consulado, no será necesario recurrir a las autoridades electorales ni realizar algún trámite adicional en Argentina.