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PASAPORTE

Fecha de actualización: 18/07/2023

PASAPORTE ARGENTINO

Desde la entrada en vigor del Decreto 261/2011, los pasaportes ordinarios argentinos son otorgados exclusivamente por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER).

Los pasaportes ordinarios argentinos tienen una validez improrrogable de diez (10) años (cinco -5- años para el caso de menores de 18 años) y, siguiendo estándares internacionales de seguridad, todo pasaporte adopta una identificación única e irrepetible (un código alfanumerico de tres letras seguidas por seis números) para cada soporte de libreta emitida.

Los trámites de pasaporte son, en todos los casos, personales y presenciales, CON CITA PREVIA.

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INFORMACIÓN IMPORTANTE:

Plazos: en el día y hora asignados por cita previa, se efectúa en el Consulado la toma de los datos biométricos del solicitante. El pasaporte se confecciona en la República Argentina, y es remitido por el RENAPER al Consulado, para que sea retirado por su titular.

  • En caso de presentar una situación de urgencia -debidamente documentada-, ante la cual no pueda aguardar los plazos indicados, deberá enviar un correo electrónico a la casilla dni-pasaporte_cbarc@cancilleria.gov.ar, detallando la situación y enviando documentación respaldatoria.

Domicilio: se encuentra vigente el artículo 47 de la Ley 17.671, cuyo segundo párrafo establece que todas las personas de existencia visible están obligados a comunicar el cambio de domicilio, dentro de los treinta días de haberse producido la novedad. En consecuencia, y en caso de que el titular del trámite de pasaporte aún no haya asentado en su DNI su domicilio en el exterior, en todos los casos se efectuará (de manera combinada con el trámite de nuevo pasaporte) el trámite de “cambio de domicilio”, que supone en todos los casos la emisión de un nuevo DNI.

Residentes en la Jurisdicción de este Consulado General: todo solicitante de pasaporte ordinario argentino en el Consulado General en Barcelona DEBE RESIDIR dentro de su jurisdicción (Comunidades Autónomas de Aragón, Cataluña y Comunidad Valenciana, y Principado de Andorra). Si el interesado reside en la jurisdicción de otro consulado argentino, deberá tramitar pasaporte en dicha oficina consular.

Imposibilidad de prorrogar pasaporte: desde la entrada en vigor del Decreto 261/2011, todo pasaporte ordinario argentino es improrrogable. En consecuencia, no es posible en ningún caso prorrogar o revalidar pasaportes expedidos oportunamente por la Policía Federal Argentina o por oficina consular.

Apellido de casada: de conformidad con Decreto 261/2011, los datos indicados en los pasaportes ordinarios argentinos coinciden con los del legajo identificatorio de sus titulares en el RENAPER, NO consignándose –en consecuencia– el apellido de casada en dichos pasaportes.

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TASAS APLICABLES: conforme cuadro tarifario establecido por el RENAPER, todo trámite de pasaporte ordinario realizado en Sede Consular tiene un costo de EUR 165,00.-

Más información sobre las tasas aplicables: TASAS PASAPORTE

 

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REQUISITOS PARA TRAMITAR PASAPORTE

A) Mayores de 18 años

  • Trámite personal y presencial (con CITA PREVIA).
  • Último DNI del titular del trámite, actualizado.
  • Pasaporte anterior.
    • En caso de no contar con el pasaporte anterior, deberá presentar necesariamente una denuncia policial por robo o extravío, según corresponda.

MUY IMPORTANTE: Será suficiente que el titular del trámite cuente con su legajo identificatorio actualizado en sistema RENAPER para poder tramitar Pasaporte Ordinario. Por ello es recomendable que presente el DNI (físico o digital - APP MI ARGENTINA)

Puede revisar los requisitos para tramitar DNI en el siguiente enlace: DNI

B) Menores de 18 años

  • Trámite personal y presencial (con CITA PREVIA). Debe presentarse el menor junto con ambos progenitores.
  • Último DNI del menor titular del trámite, con la correspondiente actualización de 5/8 años o de 14/17 años, en original.
  • Pasaporte anterior.
    • En caso de no contar con el pasaporte anterior, deberá presentar necesariamente una denuncia policial por robo o extravío, según corresponda.
  • Partida de Nacimiento del menor, en original (el original será devuelto; no es necesario que la Partida esté actualizada ni apostillada).
  • DNI vigentes de ambos progenitores en original (los cuales deben coincidir con los que figuran en la partida de nacimiento del menor). En caso de que algún progenitor sea extranjero, deberá presentar pasaporte vigente (y -en caso de no ser suficiente el pasaporte- documentación que coincida con la que figura en la partida de nacimiento del menor).
    • En caso de ausencia o fallecimiento de algún progenitor, se deberá presentar, según el caso, autorización notarial (debidamente legalizada y apostillada, si correspondiera); partida de defunción; o nombramiento de tutor.

NOTA: No se aceptan Certificados de Nacimiento en lugar de la Partida de Nacimiento.

MUY IMPORTANTE: la presentación en original del último DNI del menor titular del trámite, con la correspondiente actualización de los 5/8 años o de los 14 años, según corresponda, es un requisito indispensable establecido por el RENAPER para la toma de trámite de pasaporte ordinario.

En caso de que el último DNI con el que cuente el solicitante sea de anterior formato de confección manual (DNI libreta verde), o no cuente con la actualización que corrresponda de acuerdo con la edad del menor, dicho documento será válido para tramitar pasaporte ordinario, debiendo tramitarse ineludiblemente y de manera simultánea, las actualizaciones que correspondan y el nuevo DNI formato tarjeta digital.

Puede revisar los requisitos para tramitar DNI y para efectuar las actualizaciones de 5/8 años y de 14 años, en el siguiente enlace: DNI

 

agencia argentina de inversiones y comercio internacional

Fondo argentino de cooperación sur-sur y triangular